Si has vendido o vas a vender una propiedad te explicamos con ejemplos como será y como se calcula el nuevo impuesto de la Plusvalía.
Te detallamos los coeficientes a utilizar por los Ayuntamientos:
Periodo de generación Coeficiente
Inferior a 1 año. 0,14
1 año. 0,13
2 años. 0,15
3 años. 0,16
4 años. 0,17
5 años. 0,17
6 años. 0,16
7 años. 0,12
8 años. 0,10
9 años. 0,09
10 años. 0,08
11 años. 0,08
12 años. 0,08
13 años. 0,08
14 años. 0,10
15 años. 0,12
16 años. 0,16
17 años. 0,20
18 años. 0,26
19 años. 0,36
Igual o superior a 20 años. 0,45
Os dejamos 3 ejemplos para que se entienda perfectamente
Ejemplo 1: MINUSVALÍA EN LA OPERACIÓN
SUPUESTO
- Un inmueble es adquirido en 2007 por 300.000 € y se vende en 2021 por 290.000 €
- Se genera una minusvalía para el contribuyente
- El valor catastral del suelo en la fecha de venta asciende 25.000 €
RESULTADO
- TARIFA ANTERIOR
Base imponible = Valor catastral del suelo x Porcentaje x Nº años = 25.000 x 3,2% x 14 = 11.200 €
Cuota = BI x Tipo de gravamen = 11.200 x 30%* = 3.360 € - TARIFA NUEVA: Como se ha registrado una pérdida, la operación no está sujeta
EN OPERACIONES DONDE NO HAY UN AUMENTO DE VALOR,
CON LA NUEVA NORMA DEJAN DE TRIBUTAR
Ejemplo 2: PLUSVALÍA REAL SUPERIOR A LA OBJETIVA
SUPUESTO
- Una vivienda es adquirida en 2017 por 310.000 € y se vende en 2021 por 350.000 €
- En la fecha de venta el valor catastral total es 100.000 €, de los que 60.000 representa el valor
catastral del suelo y 40.000 € el valor catastral de la construcción
El incremento del valor a efectos del impuesto será el resultado de aplicar a la plusvalía el
porcentaje que representa el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total.
Es decir, el incremento del valor que se le imputará al contribuyente será el 60% de 40.000 €:
24.000 €
RESULTADO
- Base imponible = Valor catastral del suelo x Coeficiente = 60.000 x 0,17 = 10.200 €
[Es inferior al incremento del valor de 24.000 €] - Cuota = 10.200 x 30%* = 3.060 €
SE GRAVA LA PLUSVALÍA OBJETIVA
Ejemplo 3: PLUSVALÍA REAL INFERIOR A LA OBJETIVA
SUPUESTO
- Una vivienda es adquirida en 2014 por 250.000 € y se vende en 2021 por 260.000 €
- La plusvalía obtenida es de 10.000 €
- En la fecha de venta el valor catastral es 100.000 € y se compone de un valor catastral del
suelo de 20.000 € (20% del total) y de un valor de construcción de 80.000 € - El incremento del valor a efectos del impuesto será el resultado de aplicar el 20% a 10.000 €: 2.000 €
RESULTADO
- Base imponible = Valor catastral del suelo x Coeficiente = 20.000 x 0,12 = 2.400 €
[Es superior al incremento del valor de 2.000 € - Cuota = 2.000 x 30%* = 600 €
SE GRAVA LA PLUSVALÍA REAL
Recordar que cualquier duda podéis consultar con uno de los Agentes de Inmosantander, si tienes una propiedad a la venta lo mejor es confiar en profesionales que te ayudarán con todos los trámites de la venta, sin complicaciones y con todas las garantías.
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